Preguntas frecuentes
Normalmente, se celebra en la parroquia a la que pertenece tu domicilio. Si eres un adulto (mayor de 14 años), comenzarás un proceso especial de formación, llamado catecumenado, cuyo fin es introducirte en la vida cristiana. Si tienes entre 6 y 13 años, en la parroquia te indicarán, también qué hacer. Si sois los padres de un niño-a, acudid a vuestra parroquia. Habrá un encuentro de formación para vosotros, los padres. Debéis también elegir uno o dos padrinos (siempre un varón y una mujer, no dos mujeres o dos varones), mayores de 16 años, que estén bautizados y confirmados, y que lleven una vida conforme a la fe: no haber renunciado a la fe católica; si es casado, haber recibido el sacramento del matrimonio por la Iglesia, no sólo por lo civil; ser cristiano practicante, dar ejemplo de una vida honrada en el trabajo, negocio, familia, etc.
En la diócesis de Zamora, la celebración de la primera Comunión tiene lugar habitualmente cuando el niño cumple 9 años (es decir, cuando cursa en el colegio 3º de Primaria). Para recibirla, es obligatorio participar en la catequesis parroquial que se organiza de la siguiente manera: un primer año que llamamos “despertar religioso”, para aquellos padres que deseen esta catequesis de iniciación. Y, obligatoriamente, dos años de catequesis, propiamente dicha de preparación para la primera comunión, normalmente en un pequeño grupo, en el que se combina la formación de conocimientos, con la vivencia litúrgica, iniciación en la oración personal, etc. En la parroquia os irán indicando todos estos detalles.
Hay varios itinerarios que permiten la celebración de la Confirmación en nuestra Diócesis. Lo habitual es seguir el itinerario continuo, es decir, continuar en la catequesis después de la primera comunión, por el que recibirás la confirmación cuando tengas 12 años (normalmente, corresponde a 6º de Educación Primaria Obligatoria) tras la participación habitual en la catequesis parroquial.
Otro itinerario permite su celebración en torno a los 16 años (en torno a 4º de Educación Secundaria Obligatoria), tras la participación durante tres años en la catequesis.
Finalmente, un tercer itinerario, destinado fundamentalmente a adultos, permite la celebración de la confirmación tras la participación en varias sesiones de catequesis que se desarrollan durante un curso pastoral (de octubre a mayo). Recibirás información detallada en tu parroquia.
Si tienes inquietud sobre tu futuro y te planteas la vocación sacerdotal o religiosa, te animamos a que te pongas en contacto con el Rector del Seminario de San Atilano (Plaza del Seminario, 2 - Zamora) o a través del e-mail: rector@seminariosanatilano.es. Allí te atenderán como conviene y te orientarán y acompañarán en tu búsqueda.
Cada Parroquia o iglesia tiene su propio horario de confesiones que, en muchas de ellas, se puede consultar en las cartelas de anuncios de estas.
Si quieres celebrar el matrimonio canónico (eclesiástico) tendrás que acercarte a la iglesia donde pensáis casaros para presentar vuestra intención de celebrarlo, y concertar la fecha. No está permitido casarse en Monasterios de clausura, así como en lugares fuera de culto habitual, a excepción de los templos con autorización del Obispo para la celebración de matrimonios. El ideal es que sea en la parroquia del novio o de la novia, o en la que pensáis iniciar vuestra nueva vida. Allí os informarán de los trámites a llevar a cabo. Entre ellos se encuentran la realización de unos cursillos prematrimoniales y el expediente matrimonial.
El expediente se realiza en la parroquia que corresponda al domicilio actual de cada uno de los novios. Allí os solicitarán cuatro documentos: partida de bautismo (que se pide en la parroquia donde fuisteis bautizados), certificado de nacimiento, certificado de estado de vida (que se solicitan en el Registro Civil) y fotocopia del D.N.I. Una vez cumplimentado el expediente, por parte de los cónyuges, serán necesarios dos testigos que informen sobre el acto a realizar, que lo harán, también, en la parroquia.
Tras el expediente, viene la preparación de la celebración que se hará con el sacerdote celebrante. El mismo día de la boda, se cumplimentará y se entregará a los contrayentes un certificado de celebración del matrimonio que deberéis entregar en el Registro Civil y, allí, os facilitarán el Libro de Familia.
Es la manifestación, recogida en una sentencia dictada por un Tribunal Eclesiástico, de que el consentimiento expresado por los cónyuges no ha sido válido. A esa conclusión se llega a través de un proceso en el que se prueba que, en el momento de la celebración del matrimonio, existía alguno de los motivos establecidos en el Código de Derecho Canónico que declaran que nunca ha habido matrimonio. No es que la Iglesia anule un matrimonio, sino que se constata que hubo motivos, en el momento de expresar el consentimiento, que hicieron nulo el matrimonio celebrado. Por eso, el proceso de la nulidad es un instrumento al servicio de la verdad sobre el matrimonio, con la finalidad de resolver situaciones matrimoniales que pueden impedir la plena participación de las personas en la comunidad eclesial.
Para que un matrimonio sea válido debe ser realizado en forma válida, entre personas hábiles y además que sean capaces de prestar un consentimiento pleno y eficaz.
En sentido contrario, las causas de nulidad son por defecto de forma, por la existencia de algún impedimento o por la presencia de defecto en el consentimiento prestado.
Cada una de estas tres causas generales se divide, a su vez, en varios tipos.
Pero sin duda, la causa más común es la relativa al defecto de consentimiento, en el que se incluyen motivos como la falta de discreción de juicio, la incapacidad para asumir obligaciones esenciales del matrimonio, la falta de libertad, la exclusión de los hijos o de la indisolubilidad del matrimonio, el error acerca de la persona, la simulación,…, entre otros.
Para poder determinar si un matrimonio es nulo, debe realizarse un proceso judicial ante el Tribunal competente, al que se le deben aportar las pruebas pertinentes, y en el que tienen derecho a intervenir, entre otros, los dos cónyuges y el Defensor del Vínculo.
Lo mejor es pedir cita en el Tribunal Eclesiástico de Zamora, situado en la C/ Ramos Carrión, 18. Telf. 980 53 18 02). Allí te asesorarán en los pasos a dar, dependiendo de las diversas situaciones que se pueden presentar.
Dependiendo del número de testigos, de la intervención o no de peritos, del domicilio de los distintos testigos, así como de otras posibles incidencias en el transcurso de la causa el proceso puede durar más o menos tiempo. En nuestro caso, lo que se entiende por una causa normal, viene a tardar en ser resuelta un año, más o menos.
Dependiendo de si deben intervenir peritos psiquiatras y, sobre todo, del letrado que la parte elija voluntariamente, la causa puede tener un coste u otro. Independientemente de lo que cobre el abogado por la causa, y de los honorarios del perito interviniente, los derechos del Tribunal Eclesiástico de Zamora ascienden a 790 €. Por otro lado, existe, también, la posibilidad de justicia gratuita, en función de los ingresos percibidos por la persona que la solicita, que estudiará el Tribunal.
Si los datos a los que deseas acceder tienen menos de cien años de antigüedad, podrás localizarlos en el libro de bautismos de la parroquia donde se celebró el bautismo. En dicho libro, se anotan, también, los sacramentos de la confirmación, el matrimonio, el orden sacerdotal,… Por tanto, si deseas saber cuándo y dónde recibiste estos sacramentos, acude a la parroquia donde hayas sido bautizado.
Si ha pasado más de un siglo, las partidas de bautismo de todas las parroquias de la diócesis se custodian en el Archivo Histórico Diocesano, donde podrás consultar los datos. Para ello, es conveniente que se ponga en contacto con este Archivo enviando un mensaje de correo con su consulta a la siguiente dirección de correo electrónico: archivo@diocesisdezamora.es
Ver documento “La fiscalidad de la Iglesia Católica en España”.
La diócesis de Zamora ha habilitado un portal de transparencia, donde se ofrece material referente a la actividad pastoral y económica de la Iglesia zamorana, así como otros documentos relacionados con su naturaleza y misión.
Si deseas realizar un donativo a tu parroquia, a la diócesis de Zamora o a la propia Conferencia Episcopal, puedes hacerlo a través de la página web donoamiiglesia.es
La pregunta no está formulada con exactitud. Jamás se ha cobrado entrada para que alguien pueda acudir a rezar en una iglesia o en la propia catedral. La entrada que se cobra en estos lugares es para poder realizar en ellos una visita turística, al igual que tienes que pagar una entrada para ver el Museo del Prado, por ejemplo. Además, el importe de dicha entrada se destina íntegramente al cuidado, sostenimiento y adecentamiento del templo; y para la remuneración económica de los trabajadores que desempeñan su labor en él. Nadie pretende enriquecerse con ese dinero.
Para orar, además de todos los templos, cada uno con su horario de apertura, se halla en el centro de la ciudad de Zamora la iglesia de Santiago del Burgo, para la adoración eucarística, con un horario amplio de apertura. Además, recordamos que la entrada para realizar una visita turística a la mayor parte de las iglesias de nuestra ciudad es completamente gratuita.